Cuando apareció, solía coger el 20 minutos (por aquel entonces se
llamaba Madrid y m@s) por las
mañanas, camino del trabajo. Era un modo de estar informado, teniendo en cuenta
que no solía ver la tele, al menos en lo que se refiere a los informativos. Sin
embargo, con el tiempo me molestó su tono indisimuladamente rojeras, y dejé de cogerlo, a pesar de
ser gratis. No volví a leerlo hasta hace poco, cuando mi padre ha empezado a
tenerlo. Como como más tarde que los demás, lo ojeo mientras almuerzo.
No suelo leer las noticias que trae,
pero hace poco leí una de cabo a rabo, relativa a la Ley de Seguridad
Ciudadana. Siendo una publicación de izquierdas, se supone que pretendía
criticarla. Siendo yo de derechas, no hizo sino reafirmarme en que es una buena
norma (conclusión a la que ya había llegado aplicando la Doctrina Mafalda).
Como suele decirse, y dado su interés,
reproduzco a continuación el artículo íntegro, con algunos comentarios
añadidos.
Numerosas acciones protagonizadas por la sociedad civil en los últimos años —en protestas por la crisis económica, las políticas de austeridad, los desahucios, la indignación ante la corrupción política o la lucha contra pobreza y la defensa del medio ambiente— serán entonces susceptibles de ser sancionadas. Aquí, algunos ejemplos:
Lo que el periódico llama sociedad civil yo lo llamo grupos de
ultraizquierda, antisistema o directamente filoterroristas. Si fuera
verdaderamente una expresión de la sociedad civil, se producirían
manifestaciones en Andalucía y Cataluña con tanta o mayor profusión que las que
tienen lugar en Madrid (donde, nada curiosamente, gobierna la derecha).
1. Intrusión en recintos: La norma prohibirá "las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras e instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad, así como la intrusión en los recintos". Bajo este epígrafe se podría llegar a multar a los organizadores de los encierros de enfermos de hepatitis C, a los trabajadores de RTVE que organizaron una sentada de protesta, así como la pintada de activistas de Greenpeace en el hotel Algarrobico o su entrada en la central nuclear de Cofrentes. Las multas, dependiendo de la gravedad, podrían alcanzar los 600.000 euros.
2. Perturbación oficios religiosos: La ley establecerá como infracción también "la perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos". Bajo esta premisa quedarían por tanto ilegalizadas, y multadas, la protesta espontánea en mítines políticos o acciones como la que el colectivo Femen protagonizó contra la reforma de la ley del aborto en la catedral de La Almudena. La multa podría llegar hasta los 30.000 euros, al entrar en la categoría de infracciones graves.
3. Protestar en sedes privadas o públicas. Quedará prohibida "la ocupación de cualquier inmueble, vivienda o edificio ajenos, o la permanencia en ellos, en ambos casos contra la voluntad de su propietario, arrendatario o titular de otro derecho sobre el mismo, cuando no sean constitutivas de infracción penal". Este epígrafe penaliza tanto las diversas flashmobs que se han llevado a cabo en oficinas bancarias para protestar por las preferentes o los desahucios. También los encierros de los yayoflautas, la actuación de la solfónica en Bankia o la última actuación de Nacho Vegas en una oficina bancaria, en apoyo de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH). Estas actuaciones tendrían una pena de hasta 600 euros. También aquella acción que se organizó hace dos años en una oficina del Inem por la alta tasa de desempleo, con la interpretación del 'Here comes the sun' de los Beatles.
4. Escalar monumentos. La ley considera una infracción, punible con multas de hasta 600 euros, "el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes". Esta es la fórmula que eligen ONG como Greenpeace para visibilizar sus mensajes de protesta. En los últimos meses, los activistas las han empleado precisamente para protestar contra la misma ley que los multará. Han desplegado pancartas en Sol, en el faro de Moncloa y han amordazado a los leones del Congreso de los Diputados.
5. Contenedores en la vía. "La obstaculización de la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos que ocasionen una perturbación grave de la seguridad ciudadana" también serán multados. En este epígrafe podrían incluirse numerosas acciones de piquetes y huelguistas.
6. Grabar a la Policía. "El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad" también entra a formar parte del cuerpo de infracciones que recoge la ley. Recientemente fue detenido, por ejemplo, un fotógrafo que tomaba imágenes en la huelga estudiantil universitaria, y también han sido numerosos los encontronazos y detenciones de periodistas en las protestas callejeras. Lleva aparejadas multas de hasta 30.000 euros, por ser una infracción grave.
7. Obstaculizar a la autoridad. La ley dice que serán sancionados "los actos que pretendan impedir a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial el ejercicio legítimo de sus funciones". Bajo esta infracción podría situarse el cerco al Parlament catalán que el 15-M barcelonés realizó en 2011 coincidiendo con el debate de los presupuestos. Aquella protesta buscaba "dar voz a los desfavorecidos por las políticas denominadas de austeridad", decía la sentencia que finalmente absolvería a los detenidos. Con la nueva ley habrían podido ser multados por impedir el ejercicio legítimo de las funciones de los diputados. En este mismo epígrafe podrán enmarcarse los intentos de paralización de desahucios que llevan a cabo los voluntarios de la PAH.
8. Desórdenes. En otro de los epígrafes de la norma se establece que será punible "causar desórdenes graves en las vías, espacios o establecimientos públicos, así como la provocación de incendios en la vía pública". Además de en las protestas mineras, en el barrio El Gamonal de Burgos también se produjeron acciones de este tipo por parte de algunos manifestantes.
9. Resistencia pacífica. "El incumplimiento de las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación, cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo de los mismos" también estarán considerados infracciones. Así, se da vía libre a las actuaciones de desalojo de concentraciones o protestas como las de la plaza de Cataluña, en Barcelona, cuando los Mossos tuvieron una actuación que ha sido ampliamente cuestionada y llevada a los tribunales. También serviría dicho epígrafe para desmontar el campamento de Sol que propició el movimiento del 15-M.
10. Manifestarse en el Congreso. Esfecificamente la nueva ley pone coto a los espacios en los que no podrán convocarse manifestaciones. "La perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas". En los últimos años han sido varias las convocatorias ciudadanas de protesta (por la austeridad, contra la monarquía o por la corrupción) que han tenido lugar junto al Congreso de los Diputados.
Pondré un ejemplo: si me meto sin
permiso en alguna de las sedes del grupito de Junior, o me dedico a poner obstáculos en el itinerario de alguna
de las sedicentes mareas blancas, o
me tumbo en el camino de alguna de ellas, o me pongo a gritar rojos al paredón, o les invito a
repartir ejemplares de Charlie Hebdo!
en la mezquita de la M-30… ¿qué dirían entonces de mi libertad de expresión todos esos adalides de la suya?
Aclaro: son adalides de su libertad de expresión, y no me pregunto qué dirían de ella (porque lo sé: que es sagrada), sino qué dirían de la mía.
Aclaro: son adalides de su libertad de expresión, y no me pregunto qué dirían de ella (porque lo sé: que es sagrada), sino qué dirían de la mía.
¡¡¡VIVA ESPAÑA!!!
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