Uno de los grandes problemas de la Constitución de 1.978 es que se elaboró con lo que podríamos llamar un exceso de buena fe.
Es decir, y por ejemplo, se admitió la inclusión
del término nacionalidades, o la doble velocidad en las transferencias a
las autonomías, pensando que así se daría satisfacción a los partidos regionalistas
de las llamadas comunidades históricas, que de históricas tienen más
bien poco: Cataluña fue un apéndice, primero del imperio carolingio y luego de
la Corona de Aragón; y los vascos no fueron sino el germen, primero, y una zona
periférica, después, de la de Castilla.
Pero los movimientos identitarios son, por
definición, insaciables. Y luego llegaría un sujeto ayuno de escrúpulos, que
primero prometería aprobar cualquier cosa que saliera de la asamblea legislativa
catalana, y luego diría aquello de que el concepto de nación es discutido y
discutible.
Y así hemos acabado -y ya entro en materia-
con un Tribunal Constitucional que se ha convertido en una especie de superior
del Supremo, en una tercera instancia a la que recurren todos los que pueden
permitírselo, venga o no a cuento. Si a esto sumamos el origen ideológico de
sus miembros, que unos apenas disimulan y otros pregonan con orgullo, el
desastre está servicio.
Yo solucionaría el problema -o, al menos,
creo que contribuiría a mitigarlo- con una serie de medidas. Por una parte,
haría el cargo vitalicio, al estilo del Tribunal Supremo estadounidense: sus
miembros, una vez elegidos, ya no se deberían a nada ni a nadie, más que a su
criterio jurídico.
Por otra parte, establecería la incompatibilidad de pertenecer a la corte de garantías a cualquier persona que haya ocupado cualquier cargo político de cualquier tipo: nada de antiguos ministros, nada de antiguos fiscales generales del Estado, nada de antiguos parlamentarios. Hay que elegir, o la judicatura o la política. Que no se puede servir a dos amos, ni simultánea ni sucesivamente.
Eso, por no hablar de la recuperación del recurso previo de inconstitucionalidad y de la limitación en el número de cuestiones que se pueden plantear ante él.


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