Recuerdo
que las pasadas Navidades –para ser más precisos, la pasada Nochevieja- ciertos
familiares y conocidos que no comparten mi ideología, pero a los que profeso un
gran cariño, me preguntaron mi opinión sobre la entonces reciente sentencia del
Tribunal de Cuentas en la que se condenaba a Ana Botella, ex alcaldesa de
Madrid, por la venta de vivienda pública.
Mi
respuesta entonces intentó combinar el rigor, la sinceridad y el tacto (si me
llevo bien con las personas mencionadas es, precisamente, porque procuramos no
hablar de política, al menos cara a cara), y me limité a decir que me parecía,
cuando menos, jurídicamente cuestionable… y eso que entonces no sabía todo lo
que sé ahora, sino sólo lo que había leído en la prensa (hasta la fecha, porque
lo que sé ahora lo sé, básicamente, por lo que he leído en la prensa).
El
pasado fin de semana volví a coincidir con parte de esos conocidos. Estaba reciente
la sentencia en apelación que había revocado la anterior, condenatoria, y me
preguntaron mi opinión sobre el tema. Señalé que me esperaba la pregunta y que
siete meses antes ya había dado mi opinión, que en cierto modo se había visto
confirmada por la resolución en apelación: cabe que Ana Botella tuviera una
cierta responsabilidad in vigilando
por ser la Empresa Municipal de la Vivienda, como resulta evidente por su razón
social, una empresa de titularidad municipal; pero de aplicar el mismo
rasero a todos los casos similares, acabarían condenadas todas las autoridades
del Estado salvo la primera, esto es, Su Majestad el Rey, que es inimputable
por disposición constitucional.
En
lo que no entré –nuevamente, tocaba tirar de mano izquierda… debe ser lo único izquierdo que tengo- fue en la
escandalosa parcialidad de la mayoría de los opinadores políticos (naturalmente, de izquierdas). Han cuestionado
la imparcialidad de la sentencia absolutoria por el hecho de que la sala que la
emitió estuviera integrada mayoritariamente (dos a uno) por consejeros
propuestos en su día por el Partido Popular… obviando el hecho de que la sala
la componen aquellos consejeros que no conocieron del asunto en primera
instancia. Teniendo en cuenta que en la Sección de Enjuiciamiento dos de los
consejeros fueron propuestos por el PP y los otros dos por el PSOE, la única
manera de que la sala de apelación tuviera una composición distinta habría sido
que un consejero del PP (perdón, propuesto
por) hubiera sido el que conociera en primera instancia.
Pero
no, la que conoció en primera instancia fue propuesta por el PSOE. Le honra el
hecho de que planteara su abstención, que le fue rechazada. En aquel entonces,
el progretariado no cuestionó la
imparcialidad de la consejera. Tampoco comentó nada sobre el hecho de que la
entonces mano derecha de doña Rojelia hubiera sido previamente
asistente de la consejera mencionada. Pero ya se sabe, los de izquierdas son
espíritus puros, seres casi angelicales.
En
un sentido laico, por supuesto.
¡¡¡VIVA ESPAÑA!!!
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