Hay veces que las cosas parece que están para pillar en un renuncio a la gente.
Tomemos por caso el de las argollas que existen
a la entrada de algunos establecimientos, inequívocamente destinadas a dejar
amarradas a las mismas las correas de los perros (y, a su vez, los canes a las
correas, claro está) mientras sus dueños compran lo que sea en el
establecimiento en cuestión (dejamos aparte el que ahora se permita -o, al
menos, se tolere- de manera casi universal la presencia de perros en el
interior de los establecimientos, grandes superficies y demás).
Pues bien, a principios de mes saltó la
noticia de que la policía local de Málaga había multado a un hombre por dejar a sus perros atados a la puerta de un supermercado… porque la Ley de Bienestar
Animal prohíbe dejar a los animales atados o sueltos a la puerta de un
establecimiento sin supervisión presencial de su cuidador.
Pero si el cuidador está presente… ¿qué
sentido tiene el atarlos? Claro, que luego lees la noticia y te enteras de que los
perros llevaban casi dos horas atados a una farola… porque al dueño, tras hacer
la compra en el supermercado, se le había olvidado recogerlos.
Tampoco los echaría en falta al volver a casa, supongo.
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