lunes, 31 de agosto de 2020

Tontos, pero no para un rato: tontos para siempre

Los neocom españoles son tan torpes -entiendo que no más ni menos que sus homólogos de otros países de nuestro entorno, como suele decirse; pero como no sé, no puedo opinar- que incluso cuando hacen algo que podría considerarse bueno, lo hacen de una manera tan torpe que acaba siendo echado para atrás. O quizá sea que han estado tan acostumbrados a saltarse las normas cuando operaban contra el sistema que, una vez tienen que actuar dentro de él, les resulta difícil abandonar esos hábitos tan arraigados.
Tomemos el caso de Madrid Central, iniciativa que consistía en restringir en una alta proporción el centro de Madrid (central… centro… ingenioso, ¿verdad?) al tráfico rodado particular, sobre todo si los vehículos empleaban motores de combustión interna. La idea era rebajar los índices de contaminación en la llamada almendra central de la Villa y Corte.
Vamos a pasar por alto el hecho de que la contaminación no entiende de distritos, y que si en el centro de Madrid hay menos polución en el aire, ya vendrá de la periferia para nivelar las cosas. Vamos a obviar, igualmente, que en mayor medida que los coches contaminan las calderas de calefacción. Es decir, vamos a hacer lo que se llama una suspensión de la incredulidad y a asumir que la idea era, como la Constitución de 1.812 predicaba de los españoles, justa y (sobre todo) benéfica.
Pues bien, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha adoptado en tres sentencias la decisión de anular Madrid Central. Cuando dichas resoluciones sean firmes, provocarán la devolución de todas las multas al carecer de sustento normativo.
La anulación se produce por defectos formales y a petición de la Comunidad de Madrid: la ordenanza de movilidad sostenible, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria el 5 de Octubre de 2018, omitió del trámite de información pública, un requisito que se considera esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos, y que está reconocido en el artículo 23 de la Constitución.
Y eso que la alcaldesa era juez…
¡¡¡VIVA ESPAÑA!!!

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