jueves, 16 de julio de 2026

Por sus actos los conoceréis

Sé que me repito, pero es que ellos no paran de hacer una y otra vez lo mismo. Cuando me refiero a ellos se trata, claro está, del partido de la mano y el capullo. Cuando me refiero a lo mismo aludo a su inveterada costumbre de saltarse la legalidad a las primeras de cambio, prácticamente lo único a lo que han permanecido fieles en su más que centenaria historia.

Repasemos. El apartado primero del artículo 4 de la Constitución Española dice lo siguiente:

La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

Aprovecho aquí para repetir que la Constitución no establece cuál es el escudo de España. No existe, por lo tanto, ningún escudo inconstitucional -ni siquiera el del águila de san Juan: tan es así que aparece en el ejemplar de nuestra Ley suprema que firmó Su Majestad el Rey don Juan Carlos I, a quien Dios guarde muchos años-, aunque sí escudos preconstitucionales (todos los anteriores a la Constitución) y anticonstitucionales (a los que luego me referiré indirectamente).

Vuelvo al tema: cualquier bandera que pretenda representar a España y no sea la que establece la Constitución será, en consecuencia, inconstitucional. Si además tiene connotaciones ideológicas que se opongan a la Constitución será también anticonstitucional.

Dicho esto, cuando la federación madrileña del partido de la mano y el capullo colocó la bandera de la segunda república junto a un retrato del psicópata de la Moncloa en un acto con Reyes Maroto (y, para más inri, sobre delitos de odio) estaba poniendo un trapo que reunía las tres características que ellos suelen achacar a la rojigualda vigente hasta 1.981: preconstitucionalidad (puesto que es anterior a la Constitución en más de cuatro décadas y media), inconstitucionalidad (puesto que no sigue lo estipulado en el mencionado precepto) y anticonstitucionalidad (puesto que implica república, y la propia Constitución establece en el apartado tercero de su primer artículo que La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria).

Tres por uno. Chúpate esa.

¡¡¡VIVA ESPAÑA!!!

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