jueves, 1 de agosto de 2019

Sentando cátedra

Recuerdo que las pasadas Navidades –para ser más precisos, la pasada Nochevieja- ciertos familiares y conocidos que no comparten mi ideología, pero a los que profeso un gran cariño, me preguntaron mi opinión sobre la entonces reciente sentencia del Tribunal de Cuentas en la que se condenaba a Ana Botella, ex alcaldesa de Madrid, por la venta de vivienda pública.
Mi respuesta entonces intentó combinar el rigor, la sinceridad y el tacto (si me llevo bien con las personas mencionadas es, precisamente, porque procuramos no hablar de política, al menos cara a cara), y me limité a decir que me parecía, cuando menos, jurídicamente cuestionable… y eso que entonces no sabía todo lo que sé ahora, sino sólo lo que había leído en la prensa (hasta la fecha, porque lo que sé ahora lo sé, básicamente, por lo que he leído en la prensa).
El pasado fin de semana volví a coincidir con parte de esos conocidos. Estaba reciente la sentencia en apelación que había revocado la anterior, condenatoria, y me preguntaron mi opinión sobre el tema. Señalé que me esperaba la pregunta y que siete meses antes ya había dado mi opinión, que en cierto modo se había visto confirmada por la resolución en apelación: cabe que Ana Botella tuviera una cierta responsabilidad in vigilando por ser la Empresa Municipal de la Vivienda, como resulta evidente por su razón social, una empresa de titularidad municipal; pero de aplicar el mismo rasero a todos los casos similares, acabarían condenadas todas las autoridades del Estado salvo la primera, esto es, Su Majestad el Rey, que es inimputable por disposición constitucional.
En lo que no entré –nuevamente, tocaba tirar de mano izquierda… debe ser lo único izquierdo que tengo- fue en la escandalosa parcialidad de la mayoría de los opinadores políticos (naturalmente, de izquierdas). Han cuestionado la imparcialidad de la sentencia absolutoria por el hecho de que la sala que la emitió estuviera integrada mayoritariamente (dos a uno) por consejeros propuestos en su día por el Partido Popular… obviando el hecho de que la sala la componen aquellos consejeros que no conocieron del asunto en primera instancia. Teniendo en cuenta que en la Sección de Enjuiciamiento dos de los consejeros fueron propuestos por el PP y los otros dos por el PSOE, la única manera de que la sala de apelación tuviera una composición distinta habría sido que un consejero del PP (perdón, propuesto por) hubiera sido el que conociera en primera instancia.
Pero no, la que conoció en primera instancia fue propuesta por el PSOE. Le honra el hecho de que planteara su abstención, que le fue rechazada. En aquel entonces, el progretariado no cuestionó la imparcialidad de la consejera. Tampoco comentó nada sobre el hecho de que la entonces mano derecha de doña Rojelia hubiera sido previamente asistente de la consejera mencionada. Pero ya se sabe, los de izquierdas son espíritus puros, seres casi angelicales.
En un sentido laico, por supuesto.
¡¡¡VIVA ESPAÑA!!!

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