domingo, 12 de septiembre de 2021

Coronavirus (464)

Si el primer estado de alarma podía tener una cierta disculpa -había que mantener a la gente en casa, como fuera-, y aun así fue declarado inconstitucional -el disculparlo no lo constitucionaliza en absoluto-, el segundo no tenía un pase.

Y es que a la restricción absoluta de movilidad -algo que el estado de alarma no permite- unió el hecho de establecerse por seis meses, cuando la norma establece que será por un máximo de quince días, prorrogables mientras fuera necesario.

Fue, por lo tanto, una muestra más del ansia liberticida del desgobierno socialcomunista que tenemos la desgracia de padecer, y del primer ninistro del mismo, el psicópata de la Moncloa, alguien para quien el ordenamiento jurídico no es más que una herramienta que retorcer cuando no se pliega a sus deseos.

Por todo ello, no resulta nada extraño que se dé la noticia de que el Tribunal Constitucional va a declarar que el segundo estado de alarma de Sin vocales también era inconstitucional (y no ilegal, como dice el titular, por más que también lo sea… pero esa no es la función del organismo con sede en la calle Domenico Scarlatti de Madrid).

Y aunque el Tribunal Constitucional haya emitido un comunicado matizando la información, señalando que el asunto está siendo objeto de estudio por los magistrados, sin que esté deliberado, por lo que resulta prematura cualquier afirmación sobre el resultado de este recurso de inconstitucionalidad, un mínimo ejercicio de coherencia debería conducir al mismo resultado.

Por ello, y por mucho más…

¡¡¡EL GOBIERNO ES RESPONSABLE!!!

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