martes, 28 de enero de 2025

No era necesario

Cuando el psicópata de la Moncloa preguntó retóricamente de quien dependía el fiscal general del Estado, contestándose él mismo, se quedó corto. Ya puestos, podría haber extendido su pretendida omnipotencia a todo el aparato administrativo del Estado.

Porque si la Ley dice que se considera persona física residente en España quien permanezca más de ciento ochenta y tres días (es decir, más de medio año) en territorio español, o (y el uso de la conjunción disyuntiva, y no copulativa, es importante) o que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta, parece claro que el teledirector de orquesta, aunque residente en Portugal, debería haber presentado las declaraciones de la renta, puesto que no se le conoce ninguna otra actividad profesional.

Pues nada, hete aquí que Hacienda -que depende de Petisú, y ya sabemos a quiñen sirve Petisú- ha decidido hacer una excepción en este caso y exonerar al soplagaitas (y que me perdonen los gaiteros) aceptando que el haber comprado un piso en el extranjerole permita librarse del IRPF.

Claro que, bien mirado, con la relativamente magra retribución que percibía no sabe qué no sabe dónde, resulta complicado asumir que pudiera amasar tan pingüe patrimonio como el que ha acumulado. Ergo debe tener otras fuentes de ingresos.

Ergo no habría hecho falta abrir la puerta tan descaradamente.

¡¡¡VIVA ESPAÑA!!!

No hay comentarios: